lunes, 23 de septiembre de 2013

DENUNCIA PUBLICA: Para Juan Angel Velasquez? ¡¡LIBERTAD!!



DENUNCIA PÚBLICA
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 Al pueblo hondureño, organismos de derechos humanos, gobierno de la república y comunidad internacional la Asociación por el Desarrollo de la Península de Zacate Grande (ADEPZA) denuncia lo siguiente:


A los pueblos del mundo comunicamos que:
·         En fecha 17 de Enero del año 2013 se celebró audiencia indagatoria  en la que se decretó detención Judicial contra Juan Ángel Velásquez  por el delito de robo, ordenándose por orden del Juez, la detención inmediata y el traslado hacia la Granja Penal de Nacaome.
·         22 de Enero se decretó auto de formal Procesamiento a Juan Ángel, imponiéndosele la medida de prisión preventiva, se solicitaron Medidas distintas a la prisión preventiva, haciendo ofrecimiento una caución dineraria de TREINTA MIL LEMPIRAS para que Juan Ángel fuese ESCUCHADO EN LIBERTAD; sin embargo el Juez Miguel Funes Canales considero que la cantidad otorgada no era suficiente por considerarse inferior, ya que no consideraba el pago de lo robado.
·         Para el 12 de Febrero se solicitó audiencia de revisión de medidas, en la que a pesar de las pruebas de arraigo que se presentaron, más el ofrecimiento de CINCUENTA MIL LEMPIRAS se declaró sin lugar la solicitud de cambio de medidas.
·         Se solicita nuevamente audiencia de revisión de medidas para el 7 de Mayo, se ofreció una caución mayor de SESENTA MIL LEMPIRAS pero nuevamente fue rechazada, así como en la próxima audiencia que se solicitó para el día 11 de abril, pero se realizó hasta el 30 de Agosto, ya el monto ofrecido para que Juan Ángel fuese escuchado (desde afuera) subía a más de SESENTA Y CINCO MIL LEMPIRAS. valor que es insuficiente todavía para que el Juez considere las medidas sustitutivas a la prisión preventiva, por mientras haiga resolución clara y definitiva.
·         4 de Septiembre  ya se suman 234 días del encarcelamiento de Juan Ángel, día en el que también se celebra una nueva audiencia donde se pone en juego su libertad mediante audiencia de revisión de medidas en el Juzgado de letras de Amapala. Esta vez el argumento presentado por el Fiscal y aprobado por el Juez fue: que ya entro en vigencia el  Decreto 56-2013 emitido el 17 de mayo del   2013, el cual decreta reformar el artículo 184 del código procesal penal, en el que establece los delitos que no podrán gozar de medidas sustitutivas a la prisión preventiva. El delito de robo entra dentro los 19 delitos más GRAVES SEGUN LAS LEYES y según el Juez Miguel Funes Canales, 

 Por lo tanto como ADEPZA:
Consideramos que la medida cautelar impuesta de prisión preventiva hacia Juan Ángel Velásquez ES SUMAMENTE VIOLATORIA a los derechos fundamentales del hombre. Además de él, Toda persona debe ser considerada inocente mientras no se destruya su estado jurídico de inocencia en un juicio, mediante sentencia ejecutor o firme, o mientras no se le determine que es culpable.

Hasta Por lo que va del caso de Juan Ángel, hasta la fecha no se han presentado indicios claros que puedan presentarse como pruebas que relacionen al acusado con el delito.

 Ha pasado ya el tiempo en que la guerra de los poderosos  habló, no dejemos que hable más.
Es ya el tiempo de que hable la paz, la que merecemos y necesitamos todos, la paz con justicia y dignidad.

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